Condenados por descontar 8.300 euros a dos empleados a cambio de regularizar su situación en el país

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El Juzgado de lo Penal de nº 1 de Plasencia (Cáceres) ha condenado al propietario de un restaurante y otro varón por un delito de estafa continuada por retener parte del salario de dos empleados con la falsa justificación de que se dedicaría esa cantidad a tramitar la regularización de su situación en el país.

Condenados por descontar 8.300 euros a dos empleados a cambio de regularizar su situación en el país

IMagen de archivo de los Juzgados de Plasencia.
IMagen de archivo de los Juzgados de Plasencia. / Hoy
La sentencia pone fin a las actuaciones previas iniciadas por el Juzgado de Instrucción número 1 de Navalmoral de la Mata

EUROPA PRESS
Jueves, 15 junio 2017, 14:29
El Juzgado de lo Penal de nº 1 de Plasencia (Cáceres) ha condenado al propietario de un restaurante y otro varón por un delito de estafa continuada por retener parte del salario de dos empleados con la falsa justificación de que se dedicaría esa cantidad a tramitar la regularización de su situación en el país.

La sentencia, que pone fin a las actuaciones previas iniciadas por el Juzgado de Instrucción número 1 de Navalmoral de la Mata, dicta una pena de diez meses de prisión para ambos acusados y al pago de una indemnización conjunta y solidaria de 7.000 euros a uno de los empleados y 1.300 euros al otro, que se corresponden con las cantidades retenidas para la supuesta regularización de su situación en el país «a sabiendas de que no estaban dispuestos a tramitar dicho expediente».

Así, desde octubre de 2008 hasta abril de 2009 el propietario del restaurante descontó 500 euros mensuales, y desde mayo de 2009 hasta agosto de 2013 la cantidad fue de 200 euros. Al otro estafado le retuvieron con este fin 400 euros en octubre de 2009, y en los meses de noviembre y diciembre la cantidad fue de 450 euros.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal suspende la ejecución de la pena de prisión a condición de que no cometan ningún delito en un periodo de dos años y tres meses y que abonen las indemnizaciones en un plazo de 30 días. Igualmente, ambos son condenados al pago por mitades de las costas procesales.