{"id":1800,"date":"2017-06-18T15:55:48","date_gmt":"2017-06-18T13:55:48","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eldetectivepress.org\/?p=1800"},"modified":"2017-06-18T16:16:31","modified_gmt":"2017-06-18T14:16:31","slug":"condenada-una-abogada-que-intento-enganar-a-un-cliente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/?p=1800","title":{"rendered":"Condenada una abogada que intent\u00f3 enga\u00f1ar a un cliente"},"content":{"rendered":"<p>El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de un a\u00f1o y tres meses de c\u00e1rcel impuesta a una abogada de Sevilla acusada de falsificar una serie de documentos para enga\u00f1ar a un cliente despu\u00e9s de que se le pasara el plazo legalmente establecido para poder reclamar los da\u00f1os sufridos por \u00e9ste en un accidente de moto.<\/p>\n<p>En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza as\u00ed el recurso de la acusada contra la sentencia de la Secci\u00f3n Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla que le conden\u00f3 a 15 meses de prisi\u00f3n por un delito continuado de falsedad en documento privado.<\/p>\n<p>Asimismo, el tribunal le impone la inhabilitaci\u00f3n especial para el ejercicio de la abogac\u00eda durante el tiempo de la condena.<br \/>\nDe este modo, fue sobre las 23,15 horas del 4 de diciembre de 2000 cuando el cliente de la condenada tuvo un accidente con su ciclomotor y sufri\u00f3 lesiones, necesitando ser intervenido quir\u00fargicamente.<\/p>\n<p>Con el fin de reclamar los da\u00f1os y perjuicios que hab\u00eda sufrido por dicho accidente a la Administraci\u00f3n, este hombre encomend\u00f3 la reclamaci\u00f3n a la acusada, de profesi\u00f3n letrada, acordando con ella que los honorarios se liquidar\u00edan al final de la tramitaci\u00f3n del expediente.<\/p>\n<p>As\u00ed, y seg\u00fan recoge el auto consultado por Europa Press, el accidentado entreg\u00f3 a la abogada toda la documentaci\u00f3n precisa a fin de que presentara una reclamaci\u00f3n contra la Administraci\u00f3n, actuaci\u00f3n que \u00abno llev\u00f3 a cabo\u00bb la imputada \u00abpor dejar pasa el plazo legalmente establecido para poder reclamar los da\u00f1os\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abCon el fin de evitar\u00bb que descubriera lo que realmente hab\u00eda sucedido, la acusada fue diciendo a su patrocinado y familiares que hab\u00eda presentado la demanda, entreg\u00e1ndoles fotocopias de las actuaciones que estaba realizando, tales como la demanda, escrito de proposici\u00f3n de prueba, resoluci\u00f3n del Ayuntamiento, o escrito de formalizaci\u00f3n de la demanda contenciosa-administrativa contra el Consistorio.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n les entreg\u00f3 fotocopias de una segunda demanda contra el Ayuntamiento, escrito dirigido al Juzgado Contencioso-Administrativo interesando una ampliaci\u00f3n de la cantidad reclamada, sentencia del Juzgado en el que se estimaba \u00edntegramente la demanda, sentencia del TSJA, providencia del Tribunal Supremo reclamando los autos, auto del TS poniendo fin al recurso de casaci\u00f3n y auto del TSJA que fijaba una suma de 48.000 euros para la ejecuci\u00f3n provisional del fallo.<\/p>\n<p>Estos documentos \u00aben realidad no se correspond\u00edan con documentos aut\u00e9nticos, sino que los confeccionada la acusada aparentando que eran de los distintos \u00f3rganos p\u00fablicos competentes\u00bb.<\/p>\n<p>La letrada recurri\u00f3 alegando que no se ha motivado suficientemente que su intenci\u00f3n \u00faltima fuera causar un perjuicio, pero el Supremo dice que la acusada reconoci\u00f3 que elabor\u00f3 los documentos, \u00aben los que simulaba la interposici\u00f3n de las reclamaciones correspondientes ante la Administraci\u00f3n y los tribunales por las lesiones sufridas\u00bb por su cliente en el accidente.<\/p>\n<p>CAUS\u00d3 PERJUICIOS A SU CLIENTE<br \/>\nSeg\u00fan asegur\u00f3 la abogada, remiti\u00f3 los documentos en varias entregas mediante fotocopias al denunciante o a sus familiares \u00abpara ganar tiempo para buscar una soluci\u00f3n porque se le hab\u00eda pasado el plazo legal para interponer la reclamaci\u00f3n\u00bb, extremos estos \u00abconfirmados\u00bb con la documental aportada a las actuaciones y por el testimonio del denunciante y de su hermana.<br \/>\nEl Supremo ve \u00abl\u00f3gico\u00bb concluir que la acusada \u00abno solo tuvo la intenci\u00f3n de perjudicar al recurrente, sino que efectivamente su comportamiento caus\u00f3 perjuicios al denunciante, a quien impidi\u00f3 ejercer acusaci\u00f3n contra ella por delito de deslealtad profesional, por prescripci\u00f3n\u00bb.<br \/>\n\u00abEs indudable que la recurrente, cuanto menos, cuando elabor\u00f3 los documentos se represent\u00f3 los perjuicios que su comportamiento conllevaba a su cliente, y no obstante los acept\u00f3\u00bb, asevera el Supremo, que recuerda que el delito se consuma con la sola voluntad tendencial de ocasionar un perjuicio y tal perjuicio puede consistir en la lesi\u00f3n de cualquier derecho o bien.<\/p>\n<p>Por ello, \u00absi la acusada, con su acci\u00f3n, imped\u00eda la defensa del perjudicado de sus derechos, es patente que concurre este elemento del tipo penal\u00bb, concluye la Sala, que asevera que \u00abno s\u00f3lo false\u00f3 unos documentos privados, extremo no discutido por ella, sino que lo hizo en perjuicio (incluso potencial) de los derechos de su cliente\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de un a\u00f1o y tres meses de c\u00e1rcel impuesta a una abogada de Sevilla acusada de falsificar una serie de documentos para enga\u00f1ar a un cliente despu\u00e9s de que se le pasara el plazo legalmente establecido para poder reclamar los da\u00f1os sufridos por \u00e9ste en un accidente 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