{"id":3269,"date":"2017-07-24T00:25:56","date_gmt":"2017-07-23T22:25:56","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eldetectivepress.org\/?p=3269"},"modified":"2017-07-22T18:38:20","modified_gmt":"2017-07-22T16:38:20","slug":"el-tribunal-supremo-condena-a-tres-anos-de-prision-a-un-abogado-que-prometio-a-clientes-extranjeros-permisos-de-residencia-a-traves-de-contratos-falsos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/?p=3269","title":{"rendered":"El Tribunal Supremo condena a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n a un abogado que prometi\u00f3 a clientes extranjeros permisos de residencia a trav\u00e9s de contratos falsos"},"content":{"rendered":"<p>La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n a un abogado por estafar a clientes extranjeros rellenando solicitudes administrativas para obtener permisos de residencia o de trabajo con un contrato falso en empresas de su propiedad, que carec\u00edan de actividad.<\/p>\n<p>Para el Tribunal Supremo, el condenado puso en marcha un plan consistente en cobrar por la tramitaci\u00f3n de peticiones de permiso de residencia o trabajo, a sabiendas de su nula consistencia f\u00e1ctica ni argumental. Estas solicitudes, recoge la sentencia, se amparan en unas ofertas de trabajo sobre empresas simuladas, constituidas por el propio recurrente o por personas de su entorno sin actividad mercantil, comercial o profesional. Resulta evidente, indican los magistrados, que la pluralidad de personas que pagan al letrado en su despacho por sus servicios lo hacen confiados en la creencia aparentemente fundada de que se trata de una posibilidad real de obtener los permisos correspondientes.<\/p>\n<p>Del conjunto de las pruebas, a\u00f1ade la sentencia, se puede concluir que \u00abel acusado despleg\u00f3 la trama referida, enriqueci\u00e9ndose indebidamente con el dinero entregado por los extranjeros en la confianza fundada de que obtendr\u00edan los permisos administrativos correspondientes, a trav\u00e9s de propuestas de trabajo mendaces\u00bb.<br \/>\nLos hechos probados de la sentencia recurrida recogen que el abogado ide\u00f3 un plan que control\u00f3 y del que se lucr\u00f3, contratando como becarios a multitud de abogados j\u00f3venes que eran despedidos al poco tiempo, para cursar cientos de solicitudes en nombre de extranjeros no residentes legalmente en Espa\u00f1a, a quienes prometi\u00f3 la obtenci\u00f3n de permisos de residencia y trabajo. En las solicitudes, los extranjeros figuraban como trabajadores de empresas creadas ad hoc que carec\u00edan de actividad alguna. Como las solicitudes se apoyaban en esas ofertas de trabajo inexistentes eran denegadas sistem\u00e1ticamente. El transcurso del tiempo sin obtener los permisos, originaba numerosas llamadas y visitas al despacho por parte de los afectados para expresar sus quejas y protestas por todo lo que ocurr\u00eda con sus solicitudes. Ante ello, el condenado, en lugar de devolverles las cantidades entregadas, les respond\u00eda que no se preocuparan y presentaba una nueva oferta de trabajo con una empresa distinta, a cambio de m\u00e1s dinero. As\u00ed, durante los a\u00f1os 2002 y 2003 present\u00f3 unas 110 solicitudes de permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena, solicitudes que iban acompa\u00f1adas de ofertas de trabajo fraudulentas, consiguiendo s\u00f3lo 13 de ellas. Entre los a\u00f1os 2004 y 2006 se presentaron 407, concedi\u00e9ndose s\u00f3lo 4 de ellas, y en el a\u00f1o 2007, 6 m\u00e1s.<br \/>\nLa sentencia estima de forma parcial el recurso de casaci\u00f3n interpuesto por el condenado contra el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid que le impuso una pena de seis a\u00f1os de prisi\u00f3n por un delito de estafa en concurso medial con un delito de falsedad en documento oficial.<\/p>\n<p>El Tribunal Supremo concluye que no es posible condenar al recurrente por un delito de falsedad en documento oficial, como hace la sentencia recurrida, pero s\u00ed por una falsedad en documento privado. La sentencia explica que ello se debe a que muchas solicitudes no llegaron a presentarse ante la Delegaci\u00f3n del Gobierno en Madrid, y se realizaron con \u201cla exclusiva finalidad de estafar al cliente del despacho haci\u00e9ndole creer que se hab\u00eda presentado el documento, cuando no era as\u00ed\u201d.<\/p>\n<p>Y en relaci\u00f3n con las solicitudes que s\u00ed se presentaron, la Sala no aprecia ninguna falsedad porque los sellos eran aut\u00e9nticos -puesto que la solicitud se hab\u00eda presentado en una oficina- y la mejor o peor condici\u00f3n o solvencia de las empresas para las que se solicitaba el permiso de administrativo de residencia, no constituyen este delito.<br \/>\nEste delito, explica la sentencia, queda absorbido por el de estafa que la Sala, en este caso, considera que fue continuada y que no puede mantenerse en el tipo agravado, como hizo la Audiencia Provincial de Madrid por entender que la defraudaci\u00f3n alcanz\u00f3 los 50.000 euros, pues los perjuicios declarados apenas llegaron a los 3.500 euros. Como consecuencia de ello, la Sala fija la pena en tres a\u00f1os de prisi\u00f3n y no en seis como estableci\u00f3 la sentencia recurrida.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n a un abogado por estafar a clientes extranjeros rellenando solicitudes administrativas para obtener permisos de residencia o de trabajo con un contrato falso en empresas de su propiedad, que carec\u00edan de actividad. 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