{"id":3750,"date":"2017-09-07T15:28:40","date_gmt":"2017-09-07T13:28:40","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eldetectivepress.org\/?p=3750"},"modified":"2017-09-07T15:30:28","modified_gmt":"2017-09-07T13:30:28","slug":"hacienda-adelanta-cuatro-declaraciones-anuales-para-las-sociedades-al-proximo-mes-de-enero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/?p=3750","title":{"rendered":"Hacienda adelanta cuatro declaraciones anuales para las sociedades al pr\u00f3ximo mes de enero"},"content":{"rendered":"<p>Hacienda adelantar\u00e1 un total de cuatro declaraciones anuales al mes de enero, lo que recortar\u00e1 el tiempo disponible entre el cierre de los ejercicios societarios y la obligaci\u00f3n de remitir los res\u00famenes anuales a la Agencia Tributaria, seg\u00fan se establece en un proyecto de orden cuya redacci\u00f3n ultima el Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nEl cambio m\u00e1s destacado es la declaraci\u00f3n anual de operaciones con terceras personas -modelo 347- cuyo plazo de presentaci\u00f3n concluir\u00e1 en 2018 el 31 enero en lugar de contar, como hasta ahora, con tiempo hasta el 28 de febrero. En esta declaraci\u00f3n se deben relacionar todas aquellas personas o entidades a quienes hayan satisfecho subvenciones, auxilios o ayudas, cualquiera que sea su importe.<\/p>\n<p>La entrada en vigor del Sistema Inmediato de Informaci\u00f3n (SII) del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido (IVA) ha exonerado de presentar las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 347 -declaraci\u00f3n sobre operaciones con terceras personas-, 340 -declaraci\u00f3n informativa referida al contenido de los libros registro- y 390 -declaraci\u00f3n resumen anual de IVA-. Esto se debe a que la informaci\u00f3n que se facilita actualmente en los citados modelos se encuentra ya incorporada en los datos registrales que puntualmente se deben remitir a la AET v\u00eda SII, por lo que pasa a ser redundante.<\/p>\n<p>La nueva llevanza electr\u00f3nica de los libros registro del IVA mediante el SII, se realiza desde el pasado 1 de julio. Adem\u00e1s, durante todo este ejercicio de 2017, el plazo para la remisi\u00f3n telem\u00e1tica de los datos de facturaci\u00f3n y registro se ha ampliado a ocho d\u00edas naturales, sobre los cuatro previstos a partir de 2018. El Real Decreto regula que los contribuyentes deben remitir los registros del primer semestre del a\u00f1o -del 1 de enero al 30 de junio de 2017- antes del 1 de enero de 2018. La Orden ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n, por primera vez, para la presentaci\u00f3n de las declaraciones anuales correspondientes a 2017 a presentar en 2018.<\/p>\n<p>Un dato importante a tener en cuenta es que quedan excluidas del deber de declaraci\u00f3n, entre otras, todas aquellas operaciones respecto de las que exista una obligaci\u00f3n peri\u00f3dica de suministro de informaci\u00f3n a la Administraci\u00f3n tributaria estatal y que como consecuencia de ello hayan sido incluidas en declaraciones espec\u00edficas diferentes a la regulada en el texto legal y cuyo contenido sea coincidente.<\/p>\n<p>Se prev\u00e9 tambi\u00e9n el adelanto a enero de las declaraciones anuales de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento (modelo 171); la de entidades en r\u00e9gimen de atribuci\u00f3n de rentas (modelo 184), que se realizaban hasta ahora entre el 1 y el 31 de marzo; as\u00ed como, la de part\u00edcipes y aportaciones a planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos (modelo 345), establecida hasta ahora para el mes de febrero.<\/p>\n<p>El texto de la norma mantiene vigente para el mes de enero la declaraci\u00f3n del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas (IRPF) por rendimientos del trabajo y de actividades econ\u00f3micas -modelo 190-. En el caso de esta \u00faltima declaraci\u00f3n, se anula la exclusi\u00f3n informativa de las becas cuya cuant\u00eda sea inferior a 3.000 euros anuales y se incluye un nuevo documento telem\u00e1tico.<\/p>\n<p>Por otra parte, las sociedades que son obligadas tributarias  deber\u00e1n realizar la nueva declaraci\u00f3n informativa sobre operaciones vinculadas y operaciones y situaciones relacionadas con pa\u00edses o territorios calificados como para\u00edsos fiscales sobre los periodos impositivos iniciados en 2016 y que finalicen antes del 31 de diciembre de 2016, desde el 1 al 30 de noviembre de 2017, seg\u00fan establece la Orden HFP\/816\/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueba el modelo 232.<\/p>\n<p>Seg\u00fan se establece en la Orden, publicada en el BOE el 30 de agosto, la declaraci\u00f3n informativa deber\u00e1 presentarse, a partir de entonces, en el mes siguiente a los 10 meses posteriores a la conclusi\u00f3n del periodo impositivo al que se refiera la informaci\u00f3n a suministrar.<\/p>\n<p>Estar\u00e1n obligados a presentar el modelo 232 los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que act\u00faen mediante establecimiento permanente, as\u00ed como las entidades en r\u00e9gimen de atribuci\u00f3n de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio espa\u00f1ol, que realicen operaciones con personas o entidades vinculadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre que el importe de la contraprestaci\u00f3n del conjunto de operaciones en el per\u00edodo impositivo supere los 250.000 euros, de acuerdo con el valor de mercado. Y tambi\u00e9n, operaciones espec\u00edficas, siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operaciones en el per\u00edodo impositivo supere los 100.000 euros.<\/p>\n<p>Asimismo, para los per\u00edodos impositivos iniciados en 2016, se ha incluido una regla especial para evitar que se produzca el fraccionamiento de las operaciones vinculadas, de tal forma que aun cuando no se superen los importes conjuntos anteriormente mencionados, existir\u00e1 igualmente la obligaci\u00f3n de informar respecto a aquellas operaciones del mismo tipo y m\u00e9todo utilizado, cuando el importe del conjunto de las mismas en el per\u00edodo impositivo sea superior al 50 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la entidad.<\/p>\n<p>La obligaci\u00f3n contemplada en el art\u00edculo 13.4 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS) de incluir, en las declaraciones que as\u00ed se prevea, la informaci\u00f3n relativa a las operaciones vinculadas. Tradicionalmente, esta obligaci\u00f3n de informaci\u00f3n se ha llevado a cabo mediante la cumplimentaci\u00f3n del cuadro de informaci\u00f3n con personas o entidades vinculadas contenido en el modelo 200 de declaraci\u00f3n del Impuesto sobre Sociedades.<\/p>\n<p>Al cuadro se a\u00f1adi\u00f3 uno nuevo espec\u00edfico, por primera vez para las declaraciones de los per\u00edodos impositivos iniciados en el ejercicio 2015, relativo a las operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicaci\u00f3n de la reducci\u00f3n de rentas procedentes de determinados activos intangibles.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hacienda adelantar\u00e1 un total de cuatro declaraciones anuales al mes de enero, lo que recortar\u00e1 el tiempo disponible entre el cierre de los ejercicios societarios y la obligaci\u00f3n de remitir los res\u00famenes anuales a la Agencia Tributaria, seg\u00fan se establece en un proyecto de orden cuya redacci\u00f3n ultima el Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3752,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[63],"tags":[],"class_list":["post-3750","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3750","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3750"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3750\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3751,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3750\/revisions\/3751"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/3752"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3750"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3750"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3750"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}