{"id":6638,"date":"2018-04-23T17:35:29","date_gmt":"2018-04-23T15:35:29","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eldetectivepress.org\/?p=6638"},"modified":"2018-04-23T17:35:29","modified_gmt":"2018-04-23T15:35:29","slug":"el-tribunal-supremo-establece-que-la-agravante-de-violencia-de-genero-por-actuar-en-presencia-de-los-hijos-no-requiere-que-estos-hayan-visto-la-agresion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/?p=6638","title":{"rendered":"El Tribunal Supremo establece que la agravante de violencia de g\u00e9nero por actuar \u201cen presencia\u201d de los hijos no requiere que estos hayan visto la agresi\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha establecido que la agravante prevista para las agresiones de violencia de g\u00e9nero consistente en actuar \u201cen presencia de menores\u201d no puede restringirse a \u201clas percepciones visuales directas, sino que ha de extenderse a las percepciones sensoriales de otra \u00edndole que posibiliten tener conciencia de que se est\u00e1 ejecutando una conducta agresiva de hecho o de palabra propia de una escena de violencia\u201d, ya que \u201cen tales supuestos es patente que el menor resulta directamente afectado de forma muy negativa en su formaci\u00f3n y desarrollo personal, en su maduraci\u00f3n psicosocial y en su salud f\u00edsica y mental\u201d.<\/p>\n<p>En una sentencia en la que establece el alcance de la agravante prevista en el art\u00edculo 153.3 del C\u00f3digo Penal, el Supremo destaca que de no interpretarse as\u00ed, \u201cel precepto resultar\u00eda desactivado en la esencia de su funcionalidad, al quedar desprotegidos numerosos supuestos relevantes de victimizaci\u00f3n de menores de edad (cuando no tienen acceso al dormitorio de la pareja; o se encuentran atemorizados a la hora de acudir al cuarto donde se ejecuta la acci\u00f3n violenta; o simplemente cuando tienen dificultades de visi\u00f3n; etc\u00e9tera)\u201d.<\/p>\n<p>\u201cPor consiguiente, la expresi\u00f3n \u2018en presencia\u2019 no ha de interpretarse en el sentido de que los menores han de hallarse f\u00edsicamente delante de las personas que protagonizan la escena violenta, de modo que el menor pueda tener una percepci\u00f3n visual directa de ellas\u201d, resalta la resoluci\u00f3n, de la que ha sido ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro.<\/p>\n<p>Recuerda la sentencia que en muchos casos los menores no se hallan dentro de la habitaci\u00f3n de sus ascendientes o de las personas que realizan las escenas violentas, \u201cpero escuchan y son plenamente conscientes de lo que est\u00e1 sucediendo, percat\u00e1ndose tanto de las expresiones verbales que contienen un componente agresivo o violento, como del ruido que es propio de un golpe o de otra agresi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>La sentencia confirma la aplicaci\u00f3n de la agravante de actuar \u2018en presencia de menores\u2019 al delito de lesiones leves cometido por un hombre sobre su esposa, a quien caus\u00f3 contusiones al empujarla contra la cama del dormitorio de uno de sus dos hijos. \u00c9stos no estaban en la habitaci\u00f3n donde ocurri\u00f3 la agresi\u00f3n, pero estaban en la casa y acababan de ver c\u00f3mo su padre hab\u00eda pellizcado en un brazo a la mujer, esta vez s\u00ed en la misma habitaci\u00f3n donde estaban ellos.<\/p>\n<p>Para el Supremo, \u201cla presencia de los hijos e hijas en episodios de violencia del padre hacia la madre, supone una experiencia traum\u00e1tica, produci\u00e9ndose la destrucci\u00f3n de las bases de su seguridad, al quedar los menores a merced de sentimientos de inseguridad, de miedo o permanente preocupaci\u00f3n ante la posibilidad de que la experiencia traum\u00e1tica vuelva a repetirse. Todo lo cual se asocia a una ansiedad que puede llegar a ser paralizante y que desde luego afecta muy negativamente al desarrollo de la personalidad del menor, pues aprende e interioriza los estereotipos\u201d, a\u00f1aden los magistrados.<\/p>\n<p>El alto tribunal insiste en que la aplicaci\u00f3n de la agravante cabe cuando el menor se percate o aperciba de la situaci\u00f3n de crispaci\u00f3n o de enfrentamiento familiar \u201cpor cualquiera de los medios sensoriales con que pueda cerciorarse de los hechos. Sin que para ello sea preciso que los vea de forma directa por estar delante de los protagonistas de la escena violenta, sino que puede conocerla de forma sustancial a trav\u00e9s de su capacidad auditiva y de otros medios sensoriales complementarios que le den perfecta cuenta de lo que est\u00e1 realmente sucediendo\u201d.<\/p>\n<p>En el caso examinado, la Sala explica que se describen tres episodios en la ejecuci\u00f3n de los hechos que justifican la aplicaci\u00f3n del subtipo agravado. En el primero de ellos, el hombre pellizc\u00f3 a la mujer cuando estaba en el dormitorio de la pareja en compa\u00f1\u00eda de los menores; el segundo, que fue el m\u00e1s relevante y caus\u00f3 las lesiones a la mujer, fue el empuj\u00f3n que le propin\u00f3 el acusado a su compa\u00f1era, arroj\u00e1ndola contra los pies de la cama del dormitorio de uno de sus hijos, sin que \u00e9stos estuvieran en la habitaci\u00f3n; y el tercero se produjo cuando los menores, ya conscientes de la acci\u00f3n violenta del acusado, acudieron junto a la madre para verificar lo que hab\u00eda pasado.<\/p>\n<p>\u201cEs claro \u2013dice la sentencia- que los menores s\u00f3lo vieron directamente el primer y tercer episodio. En cuanto al segundo, s\u00f3lo escucharon el golpe de la ca\u00edda de la madre a los pies de una cama cuando el padre sali\u00f3 detr\u00e1s de ella y la empuj\u00f3, tal como se infiere de la argumentaci\u00f3n probatoria sobre las declaraciones prestadas por ambos protagonistas y por la reacci\u00f3n de los menores\u201d.<\/p>\n<p>Agrega que \u201clos menores fueron conscientes desde el primer momento de la agresi\u00f3n del acusado contra la denunciante, para lo cual utilizaron la percepci\u00f3n visual en unos casos y la auditiva en otros. Sin que la conducta del recurrente resulte ajena al subtipo agravado, como la parte pretende, por el hecho de que el segundo episodio y m\u00e1s relevante s\u00f3lo fuera escuchado desde la habitaci\u00f3n de al lado y no visto directamente por los hijos de la pareja. Por lo dem\u00e1s, es patente que el recurrente ten\u00eda conocimiento de que los menores se ten\u00edan que percatar necesariamente de la acci\u00f3n agresiva que perpetraba contra la v\u00edctima\u201d.<\/p>\n<p>Al rechazar el recurso del acusado, el Supremo confirma la condena de 9 meses de prisi\u00f3n y prohibici\u00f3n de aproximarse a la mujer durante 1 a\u00f1o y 9 meses, que primero el Juzgado de lo Penal n\u00famero 4 de Getafe y luego la Audiencia de Madrid impusieron al hombre. Los hechos ocurrieron el 28 de diciembre de 2015 en el domicilio conyugal en Ciempozuelos (Madrid).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha establecido que la agravante prevista para las agresiones de violencia de g\u00e9nero consistente en actuar \u201cen presencia de menores\u201d no puede restringirse a \u201clas percepciones visuales directas, sino que ha de extenderse a las percepciones sensoriales de otra \u00edndole que posibiliten tener conciencia de que <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":5955,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[],"class_list":["post-6638","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-el-mundo-de-la-justicia"],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6638","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=6638"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6638\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6639,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6638\/revisions\/6639"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/5955"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=6638"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=6638"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=6638"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}