{"id":6784,"date":"2018-06-03T23:56:16","date_gmt":"2018-06-03T21:56:16","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eldetectivepress.org\/?p=6784"},"modified":"2018-06-03T23:56:16","modified_gmt":"2018-06-03T21:56:16","slug":"el-tribunal-supremo-confirma-la-absolucion-de-la-viuda-del-boxeador-roberto-larralde-y-condena-a-su-pareja","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/?p=6784","title":{"rendered":"El Tribunal Supremo confirma la absoluci\u00f3n de la viuda del boxeador Roberto Larralde y condena a su pareja"},"content":{"rendered":"<p>La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la absoluci\u00f3n de la exmujer de Roberto Larralde y la de F. A. S. al considerar que no existen pruebas suficientes de la participaci\u00f3n de ambos en el asesinato del boxeador, ocurrido el 13 de septiembre de 2014, de un disparo en la cabeza. El tribunal tambi\u00e9n ha confirmado la condena a 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n impuesta a J. L. D., que manten\u00eda una relaci\u00f3n sentimental con la mujer, por un delito de asesinato con alevos\u00eda, con el agravante de precio, as\u00ed como la de A. G. R. y A. M.R., que fueron condenados a un a\u00f1o de prisi\u00f3n cada uno por un delito de tenencia il\u00edcita de armas.<\/p>\n<p>La Sala ha desestimado los recursos de casaci\u00f3n interpuestos por el principal condenado, J.L.D., y por los familiares de la v\u00edctima contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le\u00f3n que acord\u00f3 dichas absoluciones anulando, de ese modo, las condenas a 17 a\u00f1os y medio y a 15 a\u00f1os de prisi\u00f3n que un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Le\u00f3n impuso a la viuda del boxeador y a F. A. S., respectivamente.<\/p>\n<p>La conclusi\u00f3n a la que llegan los magistrados respecto a la viuda del boxeador es que la estructura l\u00f3gica del razonamiento o juicio sobre la prueba del Jurado fue d\u00e9bil y no alcanz\u00f3 las seguridades m\u00ednimas para responsabilizar a la acusada del hecho delictivo. \u201cLa fragilidad o debilidad incriminatoria de los indicios resulta incompatible con el juicio de certeza que debe generar toda prueba de cargo para fundamentar la convicci\u00f3n del juzgador para dictar una sentencia condenatoria. Y que se traduce en la falta de la necesaria racionalidad de tal valoraci\u00f3n, cuando dicha prueba, por la inconsistencia e incertidumbre de que adolece no excluye la duda razonable de un resultado diferente y propicia y robustece una posibilidad alternativa\u201d, subraya la Sala.<\/p>\n<p>Aunque el jurado declar\u00f3 probado que en la muerte de Roberto tuvo una intervenci\u00f3n decisiva su esposa, se\u00f1ala el tribunal, lo cierto es que \u201cno especifican en qu\u00e9 consisti\u00f3 esa inducci\u00f3n o esa cooperaci\u00f3n, ni cu\u00e1ndo ni de qu\u00e9 forma se produjo, m\u00e1xime cuando en los hechos probados se recoge que es Julio quien decide planear la muerte de Roberto por su deseo de seguir viendo a Miriam.<\/p>\n<p>En este caso, la Sala asume el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le\u00f3n que no dice que la mujer fuera plena conocedora y sabedora del delito que iba a cometerse y que incluso estaba o se mostraba conforme con la ejecuci\u00f3n (por otros) del mismo, sino que lo que literalmente se dice es que el Jurado ha declarado culpable a la acusada porque sus relaciones con Julio fueron el motivo de los hechos, y que el jurado, como dice la sentencia recurrida, emplea unos razonamientos que a lo m\u00e1s que puede conducir es a tener por probado, en el peor de los casos, que Miriam sab\u00eda lo que Julio y el otro condenado, ya fallecido, se propon\u00edan y hasta que le parec\u00eda bien, pero ni un solo acto de colaboraci\u00f3n superior a la mera pasividad o complacencia, que no puede identificarse con las conductas de autor\u00eda o complicidad.<\/p>\n<p>Respecto al otro absuelto, F. A. S., afirma que su actuaci\u00f3n probada se limita a ser probable que supiese lo que se tramaba, pero no est\u00e1 probado que preparase con el coacusado J. L. D. el programa de ejecuci\u00f3n ni que realizarse acto alguno que inequ\u00edvocamente puede calificarse de participaci\u00f3n en grado alguno\u201d.<\/p>\n<p>En cuanto a J. L. D., cuya condena a 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n como autor de un delito de asesinato ha sido confirmada, la Sala ha desestimado el recurso de casaci\u00f3n en el que sosten\u00eda, entre otros motivos, que los indicios y testimonios de referencia valorados por el tribunal eran insuficientes para sustentar una condena como la que se le ha impuesto.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la absoluci\u00f3n de la exmujer de Roberto Larralde y la de F. A. S. al considerar que no existen pruebas suficientes de la participaci\u00f3n de ambos en el asesinato del boxeador, ocurrido el 13 de septiembre de 2014, de un disparo en la cabeza. El <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":2965,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[],"class_list":["post-6784","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-el-mundo-de-la-justicia"],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6784","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=6784"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6784\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6785,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6784\/revisions\/6785"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2965"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=6784"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=6784"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=6784"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}