{"id":6854,"date":"2018-06-29T03:56:33","date_gmt":"2018-06-29T01:56:33","guid":{"rendered":"http:\/\/www.eldetectivepress.org\/?p=6854"},"modified":"2018-06-29T03:56:33","modified_gmt":"2018-06-29T01:56:33","slug":"la-audiencia-nacional-confirma-el-procesamiento-de-la-anterior-cupula-de-los-mossos-desquadra-por-sedicion-y-organizacion-criminal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/?p=6854","title":{"rendered":"La Audiencia Nacional confirma el procesamiento de la anterior c\u00fapula de los Mossos d\u00b4Esquadra por sedici\u00f3n y organizaci\u00f3n criminal"},"content":{"rendered":"<p>La Sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el procesamiento de Josep Lluis Trapero por organizaci\u00f3n criminal y dos delitos de sedici\u00f3n por los hechos ocurridos los d\u00edas 20 y 21 de septiembre del pasado a\u00f1o frente a la Consejer\u00eda de Econom\u00eda de Barcelona y por la jornada del 1 de octubre. Igualmente ha ratificado los del exsecretario general de Interior de la Generalitat C\u00e9sar Puig, del exdirector de los Mossos Pere Soler, ambos por organizaci\u00f3n criminal y un \u00fanico delito de sedici\u00f3n por el 1 de octubre, as\u00ed como el de la intendente Teresa Laplana, en su caso, por sedici\u00f3n por los hechos del 20 y 21 de septiembre.<\/p>\n<p>En cuatro autos, los magistrados de la Secci\u00f3n Segunda desestiman los recursos de apelaci\u00f3n presentados por los cuatro investigados contra el auto de procesamiento dictado por la instructora de esta causa, la titular del Juzgado Central Tres, Carmen Lamela.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n relativa a Trapero analiza en primer lugar los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre y se\u00f1ala es \u201cevidente que las tibias medidas de seguridad y apoyo a la comisi\u00f3n judicial formalmente prestadas enmascaraban una absoluta condescendencia con los hechos, pues no otra cosa resulta de la pasividad observada conociendo que el edificio contaba con la sola protecci\u00f3n de los Mossos d\u00b4Esquadra, sin refuerzo alguno a lo largo del d\u00eda, de que no establecieran el per\u00edmetro de seguridad repetidamente solicitado por los mandos de la Guardia Civil o que se consintiera el asedio sin medida eficaz alguna que permitiera entrar y salir del inmueble y frenase los episodios violentos o pudiera afrontar una eventual invasi\u00f3n del edificio por la muchedumbre\u201d.<\/p>\n<p>Respecto a los hechos relacionados con el refer\u00e9ndum ilegal del 1 de octubre, dice la Sala, las diligencias sumariales \u201cdemuestran sin duda la cooperaci\u00f3n del recurrente en ese eslab\u00f3n del plan secesionista\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed, explica el Tribunal, la investigaci\u00f3n revela que los responsables de los Mossos, con Trapero a la cabeza, incumplieron el mandato judicial, simulando para la jornada electoral y horas previas \u201cun dispositivo enga\u00f1oso, meramente formal, con designio no s\u00f3lo de permitir la celebraci\u00f3n de la il\u00edcita consulta, sino de socava la actuaci\u00f3n que en cumplimiento de la Ley y las resoluciones judiciales desarrollasen los otros cuerpos de seguridad del Estado\u201d.\u00a0Esta postura, a\u00f1aden, que al inicio se plasm\u00f3 en moderadas indicaciones dadas por Trapero, apelando a los postulados de oportunidad y proporcionalidad, m\u00e1s tarde se tradujo \u201cen pautas de actuaci\u00f3n ambiguas en principio y contrarias a las \u00f3rdenes del TSJ de Catalu\u00f1a despu\u00e9s\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, contin\u00faa la Sala, se previ\u00f3 un mecanismo para comunicaci\u00f3n entre los agentes de servicio y sus mandos para posibles incidencias lento e ineficaz. El sistema era a todas luces, afirman los jueces, \u201cinadecuado por la demora que exig\u00eda y de facto traducido en que cada agente tomara decisiones motu proprio; en suma el operativo no obedeci\u00f3 a razones t\u00e9cnicas, inalcanzables con la perspectiva de que a la saz\u00f3n s\u00f3lo hab\u00eda 8 agentes de mediaci\u00f3n para toda Catalu\u00f1a y actuaban en pareja, sino al designio de posibilitar el refer\u00e9ndum\u201d.<\/p>\n<p>El auto argumenta que la movilizaci\u00f3n de los agentes fue escasa, de 7.000 cuando en jornadas electorales se ha llegado a 12.000, y su distribuci\u00f3n en los te\u00f3ricos 2.259 centros de votaci\u00f3n fue ineficaz al asignar s\u00f3lo 2 agentes en grandes centros.<\/p>\n<p>\u201cPor lo dem\u00e1s, la actuaci\u00f3n de esos efectivos de los Mossos en la jornada fue de total pasividad, cuando no de enfrentamiento con los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado para impedir la clausura de los centros, obstaculizaci\u00f3n de sus actuaciones, falta de intervenci\u00f3n cuando los agentes de la polic\u00eda estatal eran agredidos e incluso vigilancia de sus movimientos y advertencia de su llegada a los centros de votaci\u00f3n, frustrando o al menos dificultando su actuaci\u00f3n\u201d, concluye la Sala.<\/p>\n<p>Para los magistrados, Trapero, como mayor de los Mossos, siguiendo las consignas recibidas de sus superiores y responsables pol\u00edticos, \u201cincumpli\u00f3 las \u00f3rdenes emanadas del TSJ y las decisiones del Tribunal Constitucional, para conseguir la celebraci\u00f3n del refer\u00e9ndum ilegal, y en esa connivencia hizo de correa de transmisi\u00f3n con sus subordinados\u201d.<\/p>\n<p>El Tribunal considera que la instrucci\u00f3n revela numerosos signos que vinculan a Trapero con los delitos de sedici\u00f3n y organizaci\u00f3n criminal y, por tanto, las conclusiones de la instructora \u201cno son gratuitas y se asientan en numerosas comprobaciones y actos de investigaci\u00f3n policial que se\u00f1alan al procesado como part\u00edcipe\u201d.<\/p>\n<p>En referencia a la calificaci\u00f3n jur\u00eddica de los hechos, la Sala recuerda que, tal y como establece el Tribunal Supremo, el auto de procesamiento representa la resoluci\u00f3n por la que el juez de instrucci\u00f3n formaliza la inculpaci\u00f3n y delimita objetiva y subjetivamente el proceso, por lo que no fija los t\u00e9rminos del debate y ser\u00e1 en la fase de juicio oral cuando se delimite la tipificaci\u00f3n final de los hechos.<\/p>\n<p>En el auto relativo a Puig, la Sala considera que como responsable pol\u00edtico y segunda autoridad del Departamento de Interior tom\u00f3 parte en el plan y estrategia minuciosamente detallado en el auto de procesamiento cuyo objetivo final era la desconexi\u00f3n de Catalu\u00f1a del resto del Estado espa\u00f1ol, la declaraci\u00f3n unilateral de independencia, y la proclamaci\u00f3n de una rep\u00fablica catalana.<\/p>\n<p>En concreto, en relaci\u00f3n con la jornada del 1 de octubre, el tribunal se\u00f1ala la responsabilidad del recurrente en una serie de acciones u omisiones atribuibles a los responsables de los Mossos tendentes a burlar la orden del TSJ de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>En suma, la actuaci\u00f3n de los m\u00e1s altos responsables de la Consejer\u00eda de Interior, \u201cen connivencia y colaboraci\u00f3n con la estructura de Mando del Cuerpo de los Mossos d\u00b4Esquadra y de los organizadores y grupos de defensa del refer\u00e9ndum ilegal, fue decisiva para fuera de la legalidad, impedir el cumplimiento de las resoluciones judiciales dictadas al afecto\u201d. Para los jueces, los responsables de dicha polic\u00eda hicieron de correa de transmisi\u00f3n de las instrucciones de los \u00f3rganos de gobierno.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el procesamiento de Josep Lluis Trapero por organizaci\u00f3n criminal y dos delitos de sedici\u00f3n por los hechos ocurridos los d\u00edas 20 y 21 de septiembre del pasado a\u00f1o frente a la Consejer\u00eda de Econom\u00eda de Barcelona y por la jornada del 1 de octubre. <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":6855,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[61,17],"tags":[],"class_list":["post-6854","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-mossos-desquadra","category-seguridad"],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6854","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=6854"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6854\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6856,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6854\/revisions\/6856"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/6855"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=6854"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=6854"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=6854"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}