{"id":9406,"date":"2024-10-26T22:06:35","date_gmt":"2024-10-26T20:06:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/?p=9406"},"modified":"2024-10-26T22:06:36","modified_gmt":"2024-10-26T20:06:36","slug":"la-vivienda-pierde-su-caracter-familiar-cuando-entra-a-vivir-en-ella-la-nueva-pareja-del-progenitor-custodio-ya-que-se-destina-a-una-familia-distinta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/?p=9406","title":{"rendered":"La vivienda pierde su car\u00e1cter familiar cuando entra a vivir en ella la nueva pareja del progenitor custodio, ya que se destina a una familia distinta"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/category\/actualidad-juridica\/jurisprudencia\/\"><\/a><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/category\/actualidad-juridica\/jurisprudencia\/\">Jurisprudencia<\/a><\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">La vivienda pierde su car\u00e1cter familiar cuando entra a vivir en ella la nueva pareja del progenitor custodio, ya que se destina a una familia distinta<\/h1>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El Tribunal Supremo considera que el derecho al uso del hogar familiar se debe limitar cuando la entrada de un tercero hace perder a la vivienda su naturaleza de familiar por servir en su uso a una familia diferente<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1200\" height=\"675\" alt=\"\" src=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda.jpg\" srcset=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda.jpg 1200w, https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda-300x169.jpg 300w, https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda-1024x576.jpg 1024w, https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda-768x432.jpg 768w\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">(Imagen: E&amp;J)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La vivienda familiar pierde esta condici\u00f3n (la de familiar) cuando uno de los c\u00f3nyuges inicia una nueva relaci\u00f3n sentimental con un tercero y \u00e9ste establece su residencia en dicho hogar. As\u00ed ha fallado el Tribunal Supremo al considerar que,\u00a0<strong>aunque el progenitor custodia y los hijos hayan residido en la vivienda desde la separaci\u00f3n del matrimonio, la entrada de una nueva pareja en el domicilio justifica que el hogar pierda su naturaleza familiar<\/strong>, pues ya no cumple con los fines de la familia original.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En consecuencia, la Sala de lo Civil ha dictaminado en la sentencia (disponible en el bot\u00f3n \u2018descargar resoluci\u00f3n\u2019) que el progenitor custodio y los menores tienen que desalojar la vivienda que fue familiar en el plazo que dictamine el tribunal, como puede ser en el plazo de un a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/category\/actualidad-juridica\/jurisprudencia\/\"><\/a><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/category\/actualidad-juridica\/jurisprudencia\/\">Jurisprudencia<\/a><\/p>\n\n\n\n<h1 class=\"wp-block-heading\">La vivienda pierde su car\u00e1cter familiar cuando entra a vivir en ella la nueva pareja del progenitor custodio, ya que se destina a una familia distinta<\/h1>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El Tribunal Supremo considera que el derecho al uso del hogar familiar se debe limitar cuando la entrada de un tercero hace perder a la vivienda su naturaleza de familiar por servir en su uso a una familia diferente<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1200\" height=\"675\" alt=\"\" src=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda.jpg\" srcset=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda.jpg 1200w, https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda-300x169.jpg 300w, https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda-1024x576.jpg 1024w, https:\/\/www.economistjurist.es\/wp-content\/uploads\/sites\/2\/2024\/10\/pareja-vivienda-768x432.jpg 768w\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">(Imagen: E&amp;J)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La vivienda familiar pierde esta condici\u00f3n (la de familiar) cuando uno de los c\u00f3nyuges inicia una nueva relaci\u00f3n sentimental con un tercero y \u00e9ste establece su residencia en dicho hogar. As\u00ed ha fallado el Tribunal Supremo al considerar que,&nbsp;<strong>aunque el progenitor custodia y los hijos hayan residido en la vivienda desde la separaci\u00f3n del matrimonio, la entrada de una nueva pareja en el domicilio justifica que el hogar pierda su naturaleza familiar<\/strong>, pues ya no cumple con los fines de la familia original.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En consecuencia, la Sala de lo Civil ha dictaminado en la sentencia (disponible en el bot\u00f3n \u2018descargar resoluci\u00f3n\u2019) que el progenitor custodio y los menores tienen que desalojar la vivienda que fue familiar en el plazo que dictamine el tribunal, como puede ser en el plazo de un a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los hechos<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia llega a ra\u00edz de que un matrimonio con dos hijos menores en com\u00fan se divorciara en el a\u00f1o 2021.El Juzgado de Primera Instancia n\u00famero 2 de Moguer declar\u00f3 la disoluci\u00f3n del matrimonio por resoluci\u00f3n de divorcio y atribuy\u00f3 la guarda y custodia de los hijos a la madre de los menores (siendo la patria potestad compartida).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>La mujer manten\u00eda<\/strong>&nbsp;en el momento de dictar dicha sentencia<strong>&nbsp;una relaci\u00f3n afectiva estable con una nueva pareja, quien hab\u00eda establecido su residencia de manera fija en la que fue la vivienda de la familia<\/strong>, ya que la mujer continu\u00f3 viviendo en dicha casa con sus hijos cuando ces\u00f3 la convivencia con el padre de \u00e9ste, quien sali\u00f3 del hogar familiar en 2016.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>La sentencia de divorcio atribuy\u00f3 el uso de la vivienda a los hijos y a la madre custodia, sin fijar l\u00edmite temporal<\/strong>, a pesar de que constat\u00f3 que en la vivienda resid\u00eda tambi\u00e9n su nueva pareja. No obstante, el Juzgado consider\u00f3 que\u00a0por el momento lo preferible en inter\u00e9s de los menores, que estaban muy afectados emocionalmente por el divorcio de sus padres, era mantener la estabilidad, por lo que la sentencia atribuy\u00f3 el cuidado de los hijos y el uso de la vivienda a la madre.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El padre de los menores recurri\u00f3 la sentencia de primera instancia al considerar que&nbsp;<strong>el Juzgado erraba al atribuir la vivienda familiar a la mujer, por cuanto lo correcta era proceder a la extinci\u00f3n del uso del hogar familiar<\/strong>, ya que la pareja sentimental de la esposa hab\u00eda fijado en la que fue la vivienda familiar su residencia de manera estable y permanente. En consecuencia, el domicilio hab\u00eda perdido la consideraci\u00f3n de familiar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Asimismo, el recurrente defend\u00eda que, adem\u00e1s, hab\u00eda que tener en cuenta que&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.economistjurist.es\/actualidad-juridica\/jurisprudencia\/condenados-dos-copropietarios-a-pagar-8-000-euros-de-deudas-a-la-comunidad-de-propietarios-a-pesar-de-que-solo-uno-de-ellos-vive-en-la-vivienda\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">la hipoteca la ven\u00eda sufragando \u00fanicamente \u00e9l<\/a>&nbsp;desde que se separ\u00f3 de la madre de sus hijos y que la vivienda era titularidad de \u00e9l, por lo que deber\u00eda finalizar el uso que viene disfrutando la mujer.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Audiencia Provincial de Huelva desestim\u00f3 el recurso de apelaci\u00f3n en lo que respecta al tema de la atribuci\u00f3n del uso de la vivienda, y mantuvo el pronunciamiento de la sentencia del Juzgado por ser consecuencia necesaria de la aplicaci\u00f3n del\u00a0art\u00edculo 96.1 del C\u00f3digo Civil, el cual establece que: \u201c(\u2026) el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario de ella corresponder\u00e1 a los hijos comunes menores de edad y al c\u00f3nyuge en cuya compa\u00f1\u00eda queden, hasta que todos aquellos alcancen la mayor\u00eda de edad. (\u2026)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Disconforme con esa segunda sentencia, esta vez dictada por el tribunal provincial, el padre de los menores recurri\u00f3 la misma, fundamentando en el recurso de casaci\u00f3n un \u00fanico motivo en el que denunciaba la infracci\u00f3n de los art\u00edculos 96.1 y 91 del C\u00f3digo Civil.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El recurrente defend\u00eda que la sentencia vulneraba la doctrina jurisprudencial por cuanto se atribu\u00eda el uso y disfrute ilimitado del hogar familiar a la esposa, quien hab\u00eda formado en \u00e9l una nueva unidad familiar con un tercero, con el que convive de forma estable en la que fuera la vivienda familiar. Asimismo, el hombre alegaba que no se vulnerar\u00eda el inter\u00e9s de los hijos si se permitiese la permanencia de la vivienda durante el plazo de un a\u00f1o desde que se dicte sentencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha sido la encargada de resolver este litigio, en el que se plantea como cuesti\u00f3n jur\u00eddica la extinci\u00f3n del derecho de uso de la vivienda familiar en caso de convivencia en la misma de la nueva pareja de la madre, as\u00ed como la consecuencia del incremento de la pensi\u00f3n de alimentos a cargo del progenitor no custodio y a favor de los hijos con el fin de atender a la necesidad de vivienda que dejar\u00e1 de estar cubierta tras la salida de la vivienda que fue familiar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los magistrados han se\u00f1alado que el problema que se plantea en el recurso ha sido ya objeto de varias sentencias de esta Sala. Concretamente, el Tribunal rese\u00f1a la sentencia 488\/2020, de 23 de septiembre, la cual sintetiza que la medida relativa a la vivienda familiar es origen, en general, de tensiones y conflictos entre los exc\u00f3nyuges que ten\u00edan en ella la sede del n\u00facleo familiar. De ah\u00ed que la doctrina postule que&nbsp;<strong>el legislador aborde una nueva regulaci\u00f3n sobre la materia, pues las nuevas realidades familiares y de uniones de pareja as\u00ed lo demandan<\/strong>; y todo ello en estrecha relaci\u00f3n con la superior protecci\u00f3n del inter\u00e9s del menor.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Asimismo, el Supremo, en aras de resolver el presente litigio, tambi\u00e9n ha hecho alusi\u00f3n a la sentencia del Pleno 641\/2018, de 20 de noviembre, la cual se pronunci\u00f3 directamente sobre la extinci\u00f3n de uso, un problema sobre el que no exist\u00eda doctrina de la Sala y que fue resuelto de manera desigual por las Audiencias Provincial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La citada sentencia declar\u00f3 que la vivienda litigiosa, antes del hecho de la entrada en la vida de la esposa de su nueva pareja, pod\u00eda seguirse considerando como vivienda familiar en cuanto serv\u00eda a un determinado grupo familiar aunque desmembrado y desintegrado tras la crisis matrimonial. Pero,&nbsp;<strong>precisamente por la entrada de una tercera persona en el \u00e1mbito sentimental de la esposa y materialmente en la que fue vivienda familiar, hace perder a la vivienda su antigua naturaleza de vivienda familiar por servir en su uso a una familia distinta y diferente<\/strong>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Jurisprudencia La vivienda pierde su car\u00e1cter familiar cuando entra a vivir en ella la nueva pareja del progenitor custodio, ya que se destina a una familia distinta El Tribunal Supremo considera que el derecho al uso del hogar familiar se debe limitar cuando la entrada de un tercero hace perder a la vivienda su naturaleza <\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":8716,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[],"class_list":["post-9406","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-el-mundo-de-la-justicia"],"wps_subtitle":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9406","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=9406"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9406\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9407,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/9406\/revisions\/9407"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/8716"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=9406"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=9406"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elbuscadordeldetective.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=9406"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}